¿Todo listo para el 30 de noviembre? El PLD aplica al 99%

En L-A Legal ya tenemos área de Prevención de Lavado de Dinero (PLD).

El pasado 7 de agosto de 2026, la Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 115/2026. Quien crea que se trata de «pan con lo mismo» o de «otro artículo de PLD», que encienda de inmediato su alerta roja. No estamos ante un simple «maquillaje» de formatos, sí una sacudida regulatoria importante.

Si estás leyendo este artículo, hay un 99% de probabilidad de que te apliquen obligaciones de las que refiere este texto. Porque las obligaciones en materia de PLD aplican de manera primordial a las siguientes actividades:

  • Desarrollo Inmobiliario: Quienes reciban recursos destinados a obras, preventas, fraccionamientos o lotificaciones.
  • Agencias Inmobiliarias y Brokers: Mediadores profesionales en compraventa, incluso si no son dueños ni construyen.
  • Arrendamiento de Inmuebles: Quienes renten bienes raíces comerciales o habitacionales.
  • Otorgamiento de Préstamos y Financiamientos: Financieras no bancarias, SOFOMES y retail con tarjetas de crédito o esquemas comerciales propios.
  • Comercializadoras de Vehículos: Distribución minorista y mayorista de autos nuevos o usados.
  • Servicios Profesionales Independientes: Abogados, contadores y asesores que administren recursos, cuentas o constituyan sociedades en nombre de clientes.
  • Servicios de Fe Pública: Notarios, corredores públicos y facilitadores autorizados bajo la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
  • Y de forma universal, toda sociedad mercantil mexicana, obligada a identificar documentalmente a su Beneficiario Controlador (socios personas físicas que posean más del 25% de participación o derechos de voto).
1. Las obligaciones que ya están corriendo (Exigibles hoy)
  • Identificación del Cliente (KYC): Expediente fidedigno, excluyendo la cédula profesional como identificación válida.
  • Identificación del Beneficiario Controlador: Límite del 25% de participación o voto.
  • Avisos mensuales e inusuales: Reportes los días 17 e inmediatos de 24 horas por operaciones sospechosas no concretadas.
  • Resguardo documental: El plazo de conservación de expedientes se duplicó a 10 años.
  • Límites de efectivo: Respetar los topes legales computando estrictamente el IVA y accesorios.
2. Las próximas a vencerse (Tu ruta crítica transitoria)
  • 30 de noviembre de 2026: Obligatorio contar con tu Manual de Políticas Internas de Cumplimiento de 14 secciones.
  • 1 de marzo de 2027: Implementación de la Metodología “Enfoque basado en Riesgo” (EBR) y Scoring de Riesgo de clientes.
  • 1 de junio de 2027: Activación de sistemas automatizados de monitoreo.
  • Julio/Agosto de 2027: Arranque de notificaciones electrónicas oficiales y portal Consulta PEP 2.0.
  • Ejercicios 2027-2028: Capacitación anual y primer año auditado por un auditor externo independiente.
  • Marzo de 2029: Entrega del primer Dictamen de Auditoría Anual estimando multas procedentes.
3. Riesgos y Sanciones: El costo de la simulación

Las multas se aplican por cada cliente o aviso omitido:

  • Expediente KYC o de Beneficiario Controlador incompleto: De $23,462.00 a $234,620.00 MXN.
  • Avisos con más de 30 días de retraso: De $234,620.00 a $1,173,100.00 MXN por aviso.
  • Omisión total de avisos detectada por el SAT: De $1.17M a $7.62M MXN o hasta el 100% de la operación.
  • Bloqueo de cuentas: Riesgo de suspensión total operativa mediante la Lista de Personas Bloqueadas (LPB) de la UIF, en caso de no contar con mecanismos de prevención y llegar a tratar por accidente con entes en la mira de la UIF (falta de herramientas para detectar clientes peligrosos). 

La única «salida de emergencia» es el Saneamiento Espontáneo (autocorrección). Si corregimos voluntariamente los errores de los últimos 5 años antes de una visita de verificación, la multa será de $0.00 MXN.

Si envías avisos extemporáneos sin apegarte estrictamente al riguroso proceso de autocorrección, el portal oficial te detectará y disparará de inmediato multas millonarias ineludibles. Sí, en esta maraña, hasta “pedir perdón” tiene su chiste. 

El Estado Mexicano se empeña en que cada vez sea más heroico, ser empresario… Y en L-A Legal, tenemos el área para apoyar a esa heroica labor.

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